A título de imprudencia

Era de noche en Terrassa, noche cerrada. No vieron nada. No escucharon nada. Nada les hizo sospechar la gravedad de la lesión. Ellos se limitaron a hacer su trabajo policial correctamente. Eso declararon. Eso mantuvieron todos los agentes implicados desde el principio. Pero Jonathan Carrillo murió por una bofetada, según los hechos probados. Nada dijeron entonces, a nadie. Cayó a plomo de espaldas y se fracturó el cráneo. Y ellos, que nada vieron y nada escucharon, vieron y escucharon previamente muchas cosas: que iba borracho, que se tambaleaba, que intentaba despelotarse, que insultaba y llamaba la atención…Luego, no se sabe, no se contesta muy bien, tropezó, seguramente, y se fue al suelo. Por eso llamaron a una ambulancia, porque iba borracho y estaba inconsciente casi por arte de birlibirloque, durmiendo la mona en la calle, ipso facto, así. Por eso no avisaron del fuerte impacto a los profesionales sanitarios. Pero Jonathan Carrillo murió por una bofetada, según los hechos probados, según los testimonios sin uniforme, en septiembre de 2009, a los 26 años.

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En enero de 2015, los cuatro policías acusados de homicidio, encubrimiento y omisión del deber de socorro salieron absueltos. No hubo responsables ni indemnización. La sala que los juzgó consideró que sí, desde luego, que se produjo por parte de un agente una “acción antijurídica…una acción voluntaria de golpear y un resultado de muerte que sería atribuible a título de imprudencia”. No obstante, como ellos no vieron nada ni escucharon nada, corporativamente, nada más se podía hacer. Una nadería como otra cualquiera. Nada de nada. No se podía determinar «qué vieron o qué dejaron de ver el resto de agentes». Nadie encajaba, pues, en la autoría de los delitos que se imputaban. La familia de Jonathan Carrillo se mostró indignada con el fallo…Y otros, muchos, muchísimos, también.